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Las entidades financieras, responsables ante el Tribunal Supremo de la burbuja inmobiliaria

Una de las situaciones mรกs complicadas que provocรณ la burbuja inmobiliaria fue la de aquellos que entregaron cantidades de dinero a cuenta como adelanto a una promotora o cooperativa como parte del pago de una vivienda y que, por la liquidaciรณn de dichos negocios, vieron como la vivienda nunca llegรณ a construirse perdiendo, ademรกs, lo adelantado.

La compra sobre plano es una forma de adquisiciรณn que entraรฑa el riesgo de que el constructor no cumpla con su parte del trato. De este modo la promotora (bien fuese una empresa o una cooperativa) obtiene liquidez de las entregas a cuenta para afrontar la obra mientras que el comprador adquiera, por lo general, a un precio menor que de la vivienda una vez construida.

Un fraude a finales de los aรฑos 60 que se aprovechรณ de este sistema y que afectรณ a mรกs de 10.000 personas dio lugar en 1968 a la promulgaciรณn de la (recientemente derogada) Ley 57/1968 sobre percibo de cantidades anticipadas en la construcciรณn y venta de viviendas.

El caso โ€œNueva Esperanzaโ€ y la Ley 57/1968

La empresa Construcciones Nueva Esperanza, S.L. vendiรณ a partir de 1963, sobre plano y con entradas desde unas 50.000 pesetas (300 Euros en una รฉpoca donde el salario mรญnimo legal no llegaba a 18 Euros), cientos de viviendas por construir a personas de varios puntos de Espaรฑa, en especial de Madrid.

Aรฑos despuรฉs y viendo que las obras apenas tenรญan actividad (en muchos casos ninguna) los compradores empezaron a comprender el engaรฑo y a denunciarlo iniciando asรญ un calvario que se prolongรณ durante dรฉcadas. Reclamaron (en un sumario de 260.000 folios) alrededor de 106 millones de pesetas (con la inflaciรณn hoy serรญan 14,5 millones de Euros) en un juicio que comenzรณ en 1976 y con el que muchos aรฑos despuรฉs recuperaron apenas un tercio de lo aportado.

La alarma originada por la desprotecciรณn de los compradores en estos casos impulsรณ la apariciรณn de la Ley 57/1968, que de forma resumida establecรญa que en caso de incumplirse el plazo de entrega de una vivienda los compradores podrรกn optar a recuperar todas las cantidades aportadas (mรกs un 6% de interรฉs anual) y que dichas cantidades deberรกn estar en cuentas destinadas รบnicamente a tal fin aseguradas por las entidades bancarias depositarias.

Se establecรญa asรญ una forma de aval por la que, ante cualquier eventualidad y siempre que hubiese cumplido con sus obligaciones contractuales, el comprador recuperarรญa lo adelantado.

Ahora hay una sentencia del Tribunal Supremo que, con total claridad, sienta un precedente que facilita que las nuevas sentencias sean favorables al consumidor y declara como responsable subsidiaria a la entidad financiera donde los cooperativistas habรญan estado ingresando dinero como adelanto hasta que la obra se paralizรณ y la constructora entrรณ en liquidaciรณn.

La sentencia del Tribunal Supremo remarca el hecho de que la entidad depositaria de las cantidades no suscribiรณ ningรบn seguro o aval para cubrir estos depรณsitos pese a que la ley le obligaba a ello. Esta parece que fue la tรณnica habitual entre los bancos y cajas durante la โ€œburbuja del ladrilloโ€ en Espaรฑa.

โ€œEn las compraventas de viviendas regidas por la Ley 57/1968 las entidades de crรฉdito que admitan ingresos de los compradores en una cuenta del promotor sin exigir la apertura de una cuenta especial y la correspondiente garantรญa responderรกn frente a los compradores por el total de las cantidades anticipadas por los compradores e ingresadas en la cuenta o cuentas que el promotor tenga abiertas en dicha entidadโ€ dice literalmente la sentencia.

La doctrina del Tribunal Supremo no ha tardado en ser aplicada y ya son muchos los que han obtenido sentencias favorables gracias a ella. Algunas estimaciones cifran en 600.000 los afectados por este problema y en alrededor de 17.000 millones de Euros la cantidad que podrรญa ser reclamada a la banca espaรฑola.

Los afectados abarcan desde los que adquirieron viviendas individuales a los que participaron en promociones con decenas de casas, o cooperativas que zozobraron a pesar de las buenas intenciones iniciales. Existen diferentes despachos de abogados que actualmente estรกn aconsejando a cooperativistas afincados en Boadilla del Monte y que nunca vieron su casa realizada.