Los niños en Boadilla del Monte vienen con un pan debajo del brazo, pero solo hasta el 11 de abril, día que termina la campaña de ayudas por nacimiento, adopción y manutención de niños menores de 3 años que el Ayuntamiento de Boadilla ofrece anualmente.
Las ayudas se otorgan a los menores nacidos o adoptados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017 y, en el caso de la manutención, a los nacidos en 2014, 2015, 2016 y 2017.
Como ya ocurrió en la convocatoria del pasado año, las familias monoparentales recibirán las mismas cuantías que las familias numerosas de categoría general, entendiendo por monoparentales aquellas “familias constituidas por un progenitor o tutor y al menos un menor, en donde la reponsabilidad familiar recae únicamente sobre esa persona adulta”, quedando expresamente excluidos de este supuesto los regímenes o acuerdos de custodia compartida.
Las cuantías máximas a percibir, en función del número de solicitudes presentadas, serán las siguientes
- Ayuda general: por nacimiento o adopción, hasta 700 euros, y de manutención, hasta 350 euros anuales hasta que el niño cumpla 3 años.
- Ayudas a familias numerosas de categoría general y/o monoparentales: por nacimiento o adopción, hasta 1.000 euros y 700 euros al año por manutención; para las familias numerosas de categoría especial, el importe será de 300 euros más en ambos conceptos, es decir, hasta 1.300 y 1.000 euros respectivamente.
- Las familias con menores a su cargo con algún tipo de minusvalía en grado superior o igual al 33% recibirán un pago único de hasta 2.000 euros y una asignación de hasta 1.000 euros anuales por manutención. Si además son familia numerosa la ayuda puede ascender a 3.000 euros en un pago único y hasta 1.500 más al año por manutención.
Los requisitos para poder acceder a las ayudas son los siguientes:
– Ser español o extranjero con residencia legal en España.
– Estar empadronados y residir todos los miembros de la unidad familiar en el domicilio de residencia legal, en Boadilla del Monte, durante año consecutivo, inmediato anterior al primer día del periodo subvencionable, es decir, a 1 de enero del 2016.
La segunda novedad es la posibilidad de tramitar la petición de ayuda de forma semipresencial, es decir, acudiendo al Ayuntamiento únicamente a firmar la solicitud que previamente se ha tramitado por la sede electrónica. Esta modalidad, destinada a personas que no disponen de firma electrónica o no pueden usarla en sus dispositivos, acortará considerablemente los tiempos de espera en el Registro.
- Ayuda general: por nacimiento o adopción, hasta 700 euros, y de manutención, hasta 350 euros anuales hasta que el niño cumpla 3 años.
- Ayudas a familias numerosas de categoría general y/o monoparentales: por nacimiento o adopción, hasta 1.000 euros y 700 euros al año por manutención; para las familias numerosas de categoría especial, el importe será de 300 euros más en ambos conceptos, es decir, hasta 1.300 y 1.000 euros respectivamente.
- Las familias con menores a su cargo con algún tipo de minusvalía en grado superior o igual al 33% recibirán un pago único de hasta 2.000 euros y una asignación de hasta 1.000 euros anuales por manutención. Si además son familia numerosa la ayuda puede ascender a 3.000 euros en un pago único y hasta 1.500 más al año por manutención.
En el caso de las adopciones, se computará la fecha en la que se ha producido la misma, independientemente de la edad que tenga el menor.
– Ser propietario o inquilino de una vivienda en Boadilla del Monte. En caso de no ser titular o inquilino de la vivienda en la que se reside será necesario presentar una declaración jurada de que no se es titular de vivienda alguna en todo el territorio español además de acreditar fehacientemente la convivencia del familiar en primer grado titular o inquilino de la vivienda.
– Todos los miembros de la unidad familiar deberán estar al corriente de pago en los tributos y restantes ingresos de derecho público municipales, con fecha 11 de abril de 2018, último día para presentar la solicitud.
Las ayudas pueden solicitarse presencialmente, de forma telemática, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento con el certificado digital o en modalidad semipresencial, acudiendo al Ayuntamiento solo a firmar la solicitud.
Para hacerlo presencialmente es necesario descargar de la web el modelo de solicitud de esta convocatoria y rellenar dos copias. Igualmente puede recogerse en la sede administrativa del Ayuntamiento (José Antonio, 42), en la sede institucional (Plaza de la Villa, 1) o en el Centro de Formación (Victoria Eugenia de Battenberg, 10).
Las solicitudes pueden presentarse a través de la sede electrónica o en el Registro del Ayuntamiento (José Antonio, 42), en horario de lunes a viernes de 9:00 a 14:30 horas y los jueves de 9:00 a 17:00 horas.