La Audiencia de Madrid confirma los tres años de cárcel para Jaime Botín por contrabando de un cuadro de Picasso

La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado la condena a tres años de cárcel impuesta al expresidente de Bankinter Jaime Botín por un delito de contrabando de bienes culturales por querer sacar en barco el cuadro de Pablo Picasso “Cabeza de Mujer joven” con la intención de venderlo en Reino Unido pese a ser una obra “inexportable” por su valor en la historia de la pintura.

La sentencia, contra la que no cabe recurso, los magistrados desestiman el recurso interpuesto por Botín contra la resolución dictada por el Juzgado de Instrucción número 27 de Madrid que condenó al banquero a tres años de cárcel y a una multa de 91,7 millones de euros.

En el juicio, que se celebró en noviembre de 2019, la Fiscalía solicitó para Botín cuatro años de cárcel y una multa de 100 millones de euros. La Abogacía pidió además que la goleta en la que fue intervenido el cuadro cuando se encontraba en aguas francesas fuese a parar a manos del Estado.

Pero en la sentencia, la juez descartó ambos extremos, pero consideraba probado que el traslado de la obra de arte, hallada en Córcega, no contaba con el preceptivo permiso de las autoridades españolas y británicas y que por tanto, el hecho era constitutivo de un delito de contrabando de bienes culturales.

En la sentencia, los magistrados ponen el acento en que se trata de una obra de Picasso de “gran interés para la historia de la pintura” y recuerdan que el cuadro ha sido declarado “inexportable” por esta razón.

RELATO DEL EXBANQUERO

Botín explicó que compró la pintura de 1906 en el año 1977 y la tuvo en su casa de Madrid y en una finca de Ciudad Real. En un momento dado, contactó con la empresa de subastas Christie’s para vender el cuadro en una subasta que se celebraría en febrero de 2013 en Londres.

El propio personal de la empresa le hizo saber que dada la antigüedad de la pieza, debía contar con permiso del Ministerio de Cultura para exportarla y Botín les autorizó a tramitar las correspondientes licencias haciendo constar que el cuadro estaba en Madrid y esa sería la aduana de salida.

Sin embargo, en diciembre de 2012, Patrimonio negó la autorización de exportación, “frustrando su propósito de venderla en dicha casa de subastas en Londres” debido a la excepcionalidad del cuadro, pues pertenece al período “Gósol” del artista y no hay obra semejante en territorio español.

Botín fue notificado de la negativa, como también fue advertido después de que el Ministerio de Cultura emitió orden Ministerial declarando la inexportabilidad del cuadro como medida cautelar hasta la pertinente declaración del mismo como Bien de Interés Cultural.

Pero el expresidente de Bankinter ignoró esta orden de Cultura, “pese a ser plenamente consciente” de ella y trasladó el cuadro a su goleta atracada en Valencia “con la finalidad de sacarlo de España, dando instrucciones a su capitán para que lo ocultara a las autoridades”. Hizo, en palabras del juez, “caso omiso” a la prohibición.

INTERCEPTADO EN CÓRCEGA

De hecho, dos años y medio después, en junio de 2015, el Servicio Fiscal de la Guardia Civil realizó una inspección del barco y pidió al capitán que hiciera una declaración de los bienes a bordo, pero no incluyó el cuadro, tal y como le había indicado Botín y se da por probado en la sentencia.

Fueron los servicios aduaneros franceses los que, sabiendo que el exbanquero estaba tramitando un permiso de salida de Córcega, donde la goleta estaba atracada, ordenaron una inspección de la misma y localizaron el cuadro embalado en la cabina del comandante.

Cuando se enteraron de que Botín tenía prohibido sacar la pintura de España, procedieron a su incautación, dado que además, el banquero estaba tramitando pasajes de avión para desplazarse con el cuadro hasta Suiza.

“SOBRA DISCUSIÓN: ES PATRIMONIO”

Un juzgado de Pozuelo de Alarcón (Madrid) acordó entonces el aseguramiento del cuadro como medida cautelar y emitió un auto solicitando su traslado a España, lo que tuvo lugar finalmente en agosto de 2015. La pintura de Picasso quedó depositada en el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía a disposición judicial.

La jueza entendió que “siendo que el cuadro es del año 1906, sobra toda discusión en torno a la calificación del bien como de interés cultural o a su catalogación” y la obra en cuestión, “es un claro ejemplo de patrimonio histórico español, ya que es una contribución de los españoles al mundo del arte”. Por eso, conviene que concurre un delito de contrabando penado con hasta cinco año de prisión.