La compañía aseguradora del Hospital Rey Juan Carlos de Móstoles indemnizará con 170.000 euros a los padres de una recién nacida que murió por una infracción de la ‘lex artis ad hoc’ en el procedimiento de asistencia al parto, tras un acuerdo entre ambas partes.
Así se certifica en un auto emitido por el Juzgado de Primera Instancia número 77 de Madrid. Según ha contado a Europa Press la madre, M.C.B., el 16 de mayo de 2016 Chloe nació y falleció a los 18 minutos de vida en dicho hospital. Denunciaron los hechos en la jurisdicción penal por una supuesta negligencia médica durante el parto, “pero nunca se realizó una investigación a fondo y se archivó la instrucción a los seis meses”.
De hecho, interpusieron dos recursos de apelación a la Audiencia Provincial, pero fueron desestimados fundamentándolos en el transcurso del plazo máximo de instrucción.
El año pasado esta familia presentó una demanda civil en otro Juzgado. Meses más tarde en el mismo día de la audiencia previa, en febrero de 2020, la parte demandada “se allanó y delante de la magistrada reconoció que entendían acreditada una actuación contraria a la lex artis y que Chloe falleció por esa deficiente actuación; pero sostenían que ella solo era un feto y que no era una niña”.
Además, rechazaban la lesión que sufrió y los daños psicológicos y morales de la familia. La magistrada no estuvo conforme y señaló el día de la celebración del juicio, que tuvo lugar el pasado 23 de septiembre de 2020. Ese día en el juicio cedieron a pretensiones de la demanda y los denunciantes exigieron que se hiciera constar en el escrito de transacción que Chloe era una niña, no un feto, y que se subrayará la actuación contraria a la lex artis ad hoc.
En el auto que traslada el acuerdo judicial, la aseguradora del hospital “entiende acreditada una actuación contraria a la lex artis en la asistencia prestada durante el parto”, por lo que se fija una indemnización que asciende a 170.000 euros.
UNA LUCHA JUDICIAL “TITÁNICA”
Visto el largo y complicado proceso judicial, los padres de Chloe tachan de alarmante “que fuera más conveniente hacer primar el transcurso del plazo máximo de instrucción por encima del derecho fundamental a la Tutela Judicial efectiva, la cual se vulneró cuanto se clausuró la instrucción a pesar de existir sospechas razonables de la comisión de un presunto delito y siempre que dichas sospechas se hubieran podido despejar mediante una investigación eficaz y objetiva que a día de hoy nunca se llevó a cabo en la jurisdicción penal”.
“En nuestra condición de víctimas, durante más de cuatro años nos hemos visto obligados a librar una lucha titánica para defender nuestros derechos fundamentales frente al sistema judicial”, critican.
El letrado José Aznar Cortijo, abogado especializado en derecho sanitario, ha informado a este medio que la resolución judicial es “laudable”, pues se subraya en el escrito de transacción judicial que la niña Chloe falleció por una infracción de la lex artis ad hoc.
En cuanto a la indemnización que asciende a 170.000 euros, aseguran que “resarce por partes iguales a los progenitores y a su hija menor por el impacto emocional sufrido y demás daños especificados en el escrito de demanda” y es la indemnización más alta en esta materia en España.