Los locales comerciales a pie de calle de Alcobendas podrán convertirse en viviendas gracias a la modificación de la Ordenanza de la Edificación, Construcciones e Instalaciones.
El objetivo de esta modificación es incrementar la oferta de alojamientos en la ciudad madrileña. Además, este cambio de modelo permitirá dar un nuevo uso a estos espacios sin actividad.
Miguel Ángel Arranz, vicealcalde y concejal de Urbanismo del Ayuntamiento de Alcobendas, ha apoyado esta singular iniciativa y ha destacado sus beneficios:
“permitirá dar una solución a los propietarios, generará más oferta de vivienda en Alcobendas y revitalizará y dinamizará estas zonas. Además, en la ordenanza queda claro que no se permitirá ninguna infravivienda, como aquellas bajo rasante”.
Los interesados podrán hacer alegaciones, que serán analizadas por los servicios técnicos de Urbanismo para ser incorporadas, puesto que aprobación definitiva de la modificación será en el Pleno del mes de abril.
¿Qué locales se transformarán en viviendas?
Los locales que podrán convertirse en viviendas son aquellos donde la actividad comercial dejó de ser de interés, como es el caso de algunas de las calles secundarias del Distrito Centro.
Miguel Ángel Arranz, vicealcalde y concejal de Urbanismo junto al concejal del Distrito Centro, Alberto Polo, han visitado algunas calles aledañas a las zonas más comerciales de este distrito, donde se encuentran locales que desde hace años no cuentan con actividad comercial y que podrían adherirse a esta iniciativa.
Arranz ha informado de que, desde 2014, se ha autorizado el cambio de uso a 87 locales comerciales en Alcobendas, pero con procedimientos lentos y complejos.
Con esta modificación se pretende acabar con el principal obstáculo que existía hasta la fecha, que era la prohibición de dar salida directa a la vía pública, dado que tenían que hacerlo a través de las zonas comunes de los edificios en los que se encontraban, algo que se elimina en esta modificación.
Podrán optar a este cambio de uso locales en edificios residenciales de más de 10 años cuyo suelo esté al menos al nivel de la acera, siempre y cuando se respeten las zonas comerciales mínimas que impone el planeamiento urbanístico.