La Audiencia Provincial de Madrid ha dictado una sentencia que por primera vez condena con una pena de prisión de dos años y tres meses al autor responsable de un delito contra el medio ambiente por una gestión de residuos ilegal.
Todo comenzó cuando agentes de la Policía Municipal de Madrid, en un patrullaje preventivo en la Cañada Real, vieron un ‘pulpo’ de los que se usa para la recogida de chatarra, con un brazo muy grande, trabajando en el interior de una parcela. La Unidad de Medio Ambiente (UMA) tiene controlados los gestores de residuos, chatarrerías, vertederos, etcétera, y en ese lugar no podía realizarse ningún tipo de actividad con esas características.
“Cuando accedimos nos quedamos asombrados. Era desproporcionada la cantidad de residuos peligrosos por su estado o características que habían sido acumulados, como vehículos abandonados, farolas, tapas de registro, entre otros. El muro y la valla que delimita la parcela impiden que se pueda ver, desde la vía pública, lo que hay en su interior. No había denuncias previas ni habíamos acudido con anterioridad por ningún otro asunto”, cuentan los agentes de la UMA Ricardo Santa y Pedro Jiménez en la Revista de la Policía Municipal de Madrid.
Entonces, dieron cuenta a la Policía Judicial de la UMA, que se encargaron de la realización de la inspección ocular, y de la investigación de los elementos contaminantes encontrados, para poder determinar el alcance del riesgo medioambiental.
El día que se llevó a cabo la operación acudieron ocho patrullas de la UMA, más dos de mando, un subgrupo de la Unidad Central de Seguridad (U.C.S), agentes del Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil (SEPRONA), un equipo del Servicio Veterinario Municipal de Urgencias (SEVEMUR), un camión pluma de Unión Fenosa con cinco operarios para realizar la desconexión eléctrica fraudulenta, y miembros de Disciplina Urbanística del Ayuntamiento de Madrid que procedieron a precintar la actividad.
Las UCS controlaron acceso y el equipo de SEVEMUR procedió a la recogida y revisión veterinaria de dos perros que se encontraban en mal estado, conviviendo con los escombros y la chatarra; uno de ellos era una hembra de los que se denominan “perros potencialmente peligrosos” (PPP) y que, según pudieron determinar los servicios veterinarios, estaba siendo usada como “perra nodriza”, es decir, dedicada exclusivamente a parir cachorros. Se recogieron ocho que acababan de nacer.
“Realizaban las quemas por las noches para no levantar sospechas. Había butacas de cine, autobuses, frigoríficos, etcétera. Quemaban todos los elementos que contenían aislantes para poder llegar al cobre y los metales que les interesaban”, señalan los agentes actuantes.
INFORME TÉCNICO
El Juzgado de Instrucción número 46, solicitó a la Unidad Técnica de la Fiscalía de Sala de Medio Ambiente “valorar el impacto ambiental en el suelo, aire, y entorno resultante de la actividad que se ejerce en la parcela”, así como “la valoración económica de los daños ambientales descritos en el informe”.
Debido al enlace directo de la Unidad de Medio Ambiente con la policía municipal Sonia Blázquez, adscrita en esos momentos a la Unidad Técnica de la fiscalía, fue quien se encargó de realizarlo.
El informe ha permitido acreditar en el juicio oral, el impacto que la gestión ilegal de recursos estaba provocando al medio ambiente y aquellos otros daños potencialmente peligrosos, en igual medida, para la salud pública, así como la valoración económica de gran complejidad, debido a que tratamos con bienes que en muchas ocasiones no tienen valor de mercado”, ha explicado.
Algunas de las conclusiones del informe técnico aluden a la presencia y manipulación de sustancias peligrosas en la parcela sin ninguna precaución, produciéndose la mezcla de sustancias peligrosas entre ellas y con otras allí presentes, lo que entrañaba un riesgo potencial mucho mayor, por el efecto sinérgico.
También ha quedado probado el riesgo para la salud de los trabajadores que manipulan los residuos sin ninguna precaución, por la cantidad de sustancias peligrosas depositadas, y que se manipulan sin los conocimientos necesarios, lo que puede derivar en roturas voluntarias o involuntarias de materiales, que a su vez podrían ser inhaladas o entrar en contacto con las personas.
Por otro lado, se observan vestigios de cenizas, que podrían proceder de quemas controladas, próximas a residuos que al combustionar producen vapores peligrosos (neumáticos, butacas con espumado, etcétera). Por el tipo de materiales acumulados y su mal almacenamiento, en caso de incendio, podría darse una propagación muy rápida del mismo. La propagación de enfermedades tropicales erradicadas es posible por mala gestión de los neumáticos.
En el trabajo de campo los agentes observaron muchas manchas en el suelo, debidas al derramamiento de sustancias o falta de precaución al llenar, vaciar o proceder al mantenimiento de los contenedores de hidrocarburos, de lubricantes, además de los restos de incendios, de sustancias desconocidas, que pueden o podrían afectar y contaminar el nivel hidrogeológico de la zona.
También gran acumulación de aparatos eléctricos y electrónicos (AEE) sin clasificar ni separar del resto de residuos. La recuperación efectiva de los materiales y metales es esencial para que estén disponibles y entren de nuevo al ciclo de fabricación de AEE u otros productos, para que puedan reutilizarse los recursos.
Las sustancias peligrosas de los AEE deben no solo reutilizarse por la misma razón que el apartado anterior, sino para impedir su emisión al medio ambiente o perjudicar a la salud humana. Por tanto, se debe garantizar las condiciones de seguridad en todas las etapas de gestión de los aparatos, desde su recogida, almacenamiento, transporte y tratamiento específico, sin mezclarse con otros residuos, y evitando manipulaciones y roturas.
El informe técnico concluye que la realización de la actividad, tal como se estaba ejerciendo en la parcela “tiene como consecuencia un riesgo potencial elevado de afección a la salud de las personas y al medio ambiente”.
VALORACIÓN ECONÓMICA DE LOS DAÑOS Y SENTENCIA
La valoración económica de la actividad de “gestión de residuos” de forma incontrolada, se centró en la afección al suelo, conforme a la legislación de responsabilidad medioambiental y se realizó mediante e estudio arduo de los criterios equivalencia entre recurso natural afectado (suelo), agentes contaminantes y cantidad de suelo dañado aplicables a la herramienta MORA.
“Con respecto al resto de recursos naturales afectados, en concreto la atmósfera, no cabía duda de la emisión de gases procedentes de la mala gestión de productos con mercurio y otros muchos, sin embargo, la cuantificación y asignación de valor dinerario del daño resultan ser complejos y no ha lugar en el método de valoración”, señala el informe.
Tres esta pionera sentencia, queda pendiente de juicio una parte de la investigación. Y es que cuando realizaron la inspección completa y exhaustiva de la instalación, los policías observaron que entre los restos quemados había partes que correspondían a motocicletas y automóviles, comprobando que, si bien habían intentado ocultar los números de bastidor o hacerlos desaparecer cortando los mismos en trozos, algunos de ellos correspondían a vehículos que figuraban denunciados como sustraídos.
Igualmente, está pendiente de juicio por los delitos de receptación y defraudación de fluido eléctrico. También quedan pendientes otras resoluciones administrativas. En este tiempo ha habido varios quebrantamientos de precinto que han sido igualmente notificadas a los órganos instructores.