La Secciรณn 23 de la Audiencia Provincial de Madrid juzga este martes, a las 10 horas, a cuatro personas, una de ellas Jefa de Dependencia Adjunta de Asistencia y Servicios Tributarios de la Agencia Tributaria, por la obtenciรณn de un beneficio “indebido” mediante transferencias de la Agencia Tributaria a sus cuentas particulares por las que se apropiaron de 6.281.079 euros fruto de devoluciones no solicitadas en su mayorรญa por futbolistas.
El representante del Ministerio Pรบblico les imputa cuatros delitos continuados: de estafa, de falsedad en documento pรบblico oficial y mercantil, de aprovechamiento de informaciรณn privilegiada obtenida por funcionario pรบblico y de utilizaciรณn por funcionario, por razรณn de su cargo, de informaciรณn privilegiada.
El escrito de acusaciรณn seรฑala que entre los meses de febrero de 2015 y noviembre de 2016, los acusados utilizaron dos sociedades (Asesores Deportivos Lapver SL y Star Athletes Society SL) para solicitar a la Agencia Tributaria devoluciones de diversas cantidades econรณmicas, a la que podรญan tener derecho varios jugadores de fรบtbol y baloncesto que habรญan militado en equipos espaรฑoles en aรฑos anteriores sin que los deportistas tuvieran conocimiento de dichas reclamaciones.
En concreto, solicitaban la devoluciรณn correspondiente a la diferencia existente entre las retenciones del Impuesto sobre las Rentas de las Personas Fรญsicas (IRPF) soportadas por los jugadores, en su condiciรณn de sujetos pasivos, en sus declaraciones tributarias efectuadas como residentes en Espaรฑa y las cuotas que realmente les correspondรญa ingresar como sujetos pasivos no residentes, es decir, por el Impuesto sobre las Rentas de No Residentes (IRNR).
Los acusados, siempre segรบn la Fiscalรญa, presentaban la documentaciรณn ante la Agencia Tributaria en la que ademรกs de solicitar la devoluciรณn, adjuntaban junto con la autoliquidaciรณn, certificados de residencia, justificantes de las retenciones efectuadas por los clubes en los que habรญan militado, justificante acreditativo de la identificaciรณn y titularidad de la cuenta de devoluciรณn y acreditaciรณn de la representaciรณn legal del contribuyente para recibir la devoluciรณn.
Todos estos documentos fueron elaborados por las cuatro personas que se sentarรกn en el banquillo y emitidos por personas no autorizadas. Por ejemplo, el 28 de noviembre de 2016 presentaron dos declaraciones del IRNR de dos jugadores de baloncesto del Fรบtbol Club Barcelona, Edison Charles y Frenton Miekeal.
En ambas solicitaban una devoluciรณn de la diferencia entre las retenciones del IRPF soportadas por los sujetos pasivos como residentes y las cuotas que les correspondรญa ingresar en razรณn del IRNR que ascendรญa en el primer caso a 235.059,20 euros y en el segundo 229.983,02 euros.
En las dos solicitudes se designaba la misma cuenta corriente para recibir las devoluciones mediante transferencia e incluso adjuntaban una certificaciรณn, “aparentemente emitida por la entidad financiera”, en que se hacรญa constar que cada uno de los presuntos solicitantes era titular de dicha cuenta, “a pesar de que el รบnico titular de dicha cuenta era la mercantil Star Athletes Sociey S.L., en la que el acusado M.V.J. figura como รบnico apoderado”.
Ademรกs, en ambos casos las solicitudes iban acompaรฑadas de certificados de residencia y de retenciรณn “aparentemente” emitidos por las autoridades legitimarias “con el fin de obtener indebidamente la devoluciรณn”.
La Agencia Tributaria procediรณ a comprobar las solicitudes de los deportistas profesionales que habรญan reclamado este tipo de devoluciones.
En total hallaron 102 casos, de los que 38 fueron presentados “con su aparente firma manuscrita” durante los meses en que los acusados fueron investigados y donde se solicitaba el ingreso de la devoluciรณn en cuentas bancarias que pertenecen bien a J.L.V., bien a la sociedad Asesores Deportivos Lapver S.L., de la que el mencionado acusado es el administrador รบnico, o a la entidad Star Athletes Society S.L.
En esos 38 casos los acusados obtuvieron gracias cantidades abonadas en concepto de devoluciones un total de 6.138.798 euros que fueron ingresados en varias cuentas corrientes.
Los acusados aprovecharon que los deportistas habรญan abandonado la disciplina de los equipos espaรฑoles donde habรญan militado para trasladarse a distintos paรญses, “circunstancia que les facilitรณ lograr sus propรณsitos al resultar muy difรญcil la localizaciรณn del jugador”.
A raรญz de estos hechos, la Direcciรณn General de la AEAT ordenรณ el 10 de abril de 2017 a su Servicio de Auditorรญa Interna (SAI) que llevase a cabo una informaciรณn reservada para determinar si en estos procedimientos se habรญan producido accesos indebidos a la informaciรณn contenida en las base de datos de la AEAT.
De esta investigaciรณn se pudo confirmar que L.S.P, jefa de Dependencia Adjunta de Asistencia y Servicios Tributarios de la AEAT y ex cรณnyuge del tambiรฉn acusado I.T.S. “se apropiรณ, utilizรณ y traslado al resto de acusados informaciรณn confidencial sustraรญda de la base de datos de la Agencia Tributaria”, que resultaron “fundamentales” para efectuar las mencionadas solicitudes de devoluciรณn amparadas en la diferencia de lo retenido por IRPF y lo que se debรญa retener en aplicaciรณn del IRNR.
La Fiscalรญa subraya que “sin los conocimientos y las capacidades de acceso a la informaciรณn interna de la AEAT de la acusada”, no hubiera sido posible la presentaciรณn de los modelos 210 de solicitud de devoluciรณn con los certificados “mendaces” de las retenciones, los datos de las retenciones o las firmas de los jugadores cuando jugaban en Espaรฑa “que sirvieron para imitarlas”.
Es mรกs, insiste en que gracias al acceso “indebido” a los datos de la Agencia Tributaria “la acusada obtuvo para su conocimiento y utilizaciรณn ilegรญtima la informaciรณn esencial para solicitar las devoluciones de los jugadores profesionales que, pudiendo haberse acogido a la devoluciรณn, no la solicitaron, asรญ como la cuantรญa potencial de lo no solicitado”.
Por รบltimo, dos de los acusados solicitaron de manera “torticera” e “indebida” la devoluciรณn relacionada con la entidad Linner Corporation.
Ambos acompaรฑaron a la peticiรณn un NIF instrumental creado por la AEAT a instancias de la acusada y un certificado de titularidad de la cuenta de destino haciendo constar a Linner como titular cuando el verdadero titular era J.I.T.S. En total se apropiaron de Linner de 142.281 euros.