Las multas fueron impuestas por la Junta Electoral Central el 9 de diciembre de 2021 durante varios actos electorales, basรกndose en la Ley Orgรกnica del Rรฉgimen Electoral General (LOREG).
Un tirรณn de orejas judicial para Isabel Dรญaz Ayuso. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha confirmado las dos multas por importe total de 960 euros impuestas por la Junta Electoral Central el 9 de diciembre de 2021 a la presidenta de la Comunidad de Madrid por infringir el principio de neutralidad que los poderes pรบblicos deben respetar en periodo electoral, segรบn establece la Ley Orgรกnica del Rรฉgimen Electoral General (LOREG). El rechazo de los recursos implica una condena de hasta 8.000 euros en costas a la presidenta madrileรฑa.
Las dos sanciones de la Junta Electoral Central se refieren a dos actos institucionales de Isabel Dรญaz Ayuso como presidenta regional una vez abierta la campaรฑa electoral de las elecciones del cuatro de mayo de 2021. Una de sus intervenciones fue el ocho de abril de ese aรฑo, cuando Ayuso acudiรณ a la Plaza de Toros de Las Ventas para presentar un mural cerรกmico en homenaje a Vรญctor Barrio, torero fallecido en 2016. En ese momento anunciรณ un convenio con la Fundaciรณn Toro de Lidia para organizar festejos taurinos, defendiรณ que la Comunidad de Madrid defendรญa la tauromaquia con “hechos” y cargรณ contra el ejecutivo central por “dejar caer”, dijo, esta industria.
La segunda sanciรณn llega por otra asistencia a un acto cuatro dรญas despuรฉs, nuevamente como presidenta regional, para presentar nuevo aviรณn de Iberia, donde anunciรณ una inversiรณn de 1.000 millones de euros para “colaboraciones pรบblico-privadas” en materia de transporte. Finalmente, el 16 de abril, visitรณ las obras que conectan Valdebebas con el aeropuerto de Madrid para ensalzar proyectos como Madrid Nudo Norte o el Plan de Vivienda Joven: “Vamos a poder construir un nuevo centro de salud en esta zona”, dijo.
SANCIONES A AYUSO DE 360 Y 600 EUROS
En cuanto a la cifra a la que ascienden las sanciones, hay que tener en cuenta los dos discursos. El primer discurso se tradujo en una sanciรณn de 360 euros y el segundo en otra de 600 euros, ambas firmadas por la Junta Electoral y ahora confirmadas por la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo. Los jueces recuerdan que tanto la Constituciรณn como la Ley Electoral espaรฑola obligan a los poderes pรบblicos a ser neutrales, y eso abarcaba sus apariciones como presidenta regional durante la campaรฑa electoral.
“Se trata de evitar prevalerse del cargo al incurrir en lo que se denomina “campaรฑa de logros”, esto es, actos de reclamo electoral a base de exponer los logros de la gestiรณn realizada y que el candidato ensalza no como tal, sino como titular del cargo pรบblico que se ostenta y en actos en los que se interviene en tal condiciรณn”, ha explicado el Tribunal Supremo en sus resoluciones. Han recordado que, en el caso de Ayuso, ya habรญa sido advertida: “Ya habรญa sido requerida con anterioridad sin รฉxito por la Junta Electoral para que se abstuviera de difundir mensajes de contenido electoralista” durante este tipo de actos, ha lamentado el Supremo.
Ayuso tambiรฉn criticaba que estas sanciones eran desproporcionadas y los magistrados de la sala tercera avalan los cรกlculos de la Junta Electoral para imponerle 360 euros por una infracciรณn y 600 euros por la otra. La resoluciรณn del Supremo, ademรกs, condena en costas a la presidenta madrileรฑa, con una cantidad que entre ambos recursos llega a un mรกximo de 8.000 euros. De este modo la Sala le recuerda que se sancionan no una, sino dos infracciones, mientras que con el presidente del Gobierno se sancionรณ un hecho y sin apercibimiento previo.