Jubilado de 67 años en Barcelona logra cancelar una deuda de 32.000 euros

Todas las personas sueñan con una jubilación sin preocupaciones económicas. Después de toda una vida trabajando, aspiran a disfrutar de un tiempo libre bien merecido. Sin embargo, no fue así para un hombre, que vio cómo su estabilidad económica y emocional se desmoronaba.

El caso que ocupa es el de un hombre de 67 años, jubilado y pensionista, cuya esposa tiene graves problemas de salud. El cliente ha tenido una vida laboral intensa y extensa. Trabajó como transportista y como profesional del sector de la hostelería. Al mismo tiempo, compaginaba su empleo con las labores de entrenador de fútbol infantil.

Sus problemas comenzaron en 2013, cuando perdió su empleo y su mujer enfermó de cáncer. Con 57 años y en una etapa económicamente convulsa, sus posibilidades de incorporarse de nuevo al mercado laboral eran casi nulas. Además, su cónyuge necesitaba cuidados a causa de su enfermedad.

La hipoteca se convirtió en una losa que pendía sobre su cabeza. Las cuotas mensuales eran inasumibles y el banco, implacable. Ante la imposibilidad de pagar la hipoteca, se vio obligado a entregar su vivienda habitual.

Lejos de mejorar, la situación no parecía tener solución. Cuando contactó con Libertad sin Deudas, acumulaba impagos por un importe total de 32.924,44 euros. El abogado concursal Eloy Rodríguez se reunió con el afectado para analizar su caso y resolver las dudas relacionadas con la Ley de Segunda Oportunidad.

Una vez que el hombre tomó la decisión de acudir a los juzgados, el letrado realizó las gestiones necesarias para solicitar el Beneficio de Exoneración del pasivo Insatisfecho (BEPI). El primer trámite consistió en intentar un acuerdo extrajudicial de pagos con los acreedores, una alternativa que no obtuvo éxito.

Así pues, se presentó en el Juzgado de Primera Instancia número 50 de Barcelona la solicitud de exoneración de deudas. El magistrado estudió la petición y llegó a la conclusión de que se cumplían todos los requisitos que marca la ley. Se trataba de un deudor de buena fe que no había incurrido en delitos contra el patrimonio, de falsedad documental, contra Hacienda o la Seguridad Social en los diez años previos.

En el auto, el magistrado únicamente excluyó de la exoneración una deuda de 757,26 euros, adquirida con el Ayuntamiento de Barcelona. Para saldarla, se aprobó un plan de pagos de 12,63 euros al mes durante 60 meses.

Cabe recordar que las deudas con Hacienda, Seguridad Social y otras entidades públicas tienen una consideración legal diferente en la Ley de Segunda Oportunidad. Está previsto que se pueda cancelar el 50 % con cada uno de los organismos citados y por un importe máximo de 10.000 euros, respectivamente.

La deuda pública es la razón por la que se concedió la exoneración provisional, a falta de cumplir el plan de pagos que, por otra parte, resultaba asumible para el cliente de Libertad Sin Deudas.

Después de una década de preocupaciones económicas, este hombre puede disfrutar de su jubilación gracias a la Ley de Segunda Oportunidad y al asesoramiento de Libertad Sin Deudas. El procedimiento para conseguir la exoneración tan solo duró un año y nueve meses.

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