En caso de fallecimiento, ¿quién es el beneficiario en los seguros de vida?, de la mano de PuntoSeguro

A la hora de contratar un seguro de vida, es fundamental tener en cuenta diversos aspectos. Uno de los más relevantes es la designación de un beneficiario, que será escogido por el tomador del seguro.

Para ello, deben tenerse en cuenta las condiciones para ser beneficiario de los seguros de vida y cuáles son las implicancias de ello.

PuntoSeguro, especialistas en seguros de vida de riesgo, aclaran estas cuestiones para asistir a sus clientes.

Especialistas en seguros de vida de riesgo

PuntoSeguro es una empresa nacida en 2001, lo cual la convierte en una de las primeras tres corredurías de seguros digitales de España.

A lo largo de su trayectoria, han logrado convertirse en una de las primeras corredurías digitales especializadas en seguros de vida con riesgo, convirtiéndose asimismo en pioneros a la hora de recompensar el ejercicio físico de sus asegurados mediante su aplicación móvil, PuntoSeguro Fit.

Esta empresa de capital familiar presta sus servicios de manera independiente, por lo que no dispone de un vínculo accionarial con otras entidades aseguradoras. Esto les permite ofrecer un servicio de asesoramiento experto gratuito, ya que se financian a través de la intermediación de pólizas de seguros.

Para ello, se guían por los valores de transparencia, cercanía y ahorro, y por su objetivo de hacer un mundo mejor, junto a sus más de 11.000 clientes satisfechos.

El beneficiario de los seguros de vida en caso de fallecimiento

Cualquier persona puede ser beneficiario de seguros de vida, ya que para ello no es necesario disponer de ningún tipo de parentesco con el tomador del seguro.

Los mismos pueden ser designados de forma expresa, cuando el asegurado los designa con nombre y apellido, o de forma genérica, cuando el asegurado no hace la designación refiriéndose a personas específicas, sino que solo se refiere a su vínculo o parentesco.

Un ejemplo de esta segunda opción sería designar a un hijo o a un padre sin especificar su nombre. Esta designación puede ser cambiada o modificada por el tomador en cualquier momento mientras la póliza siga vigente.

En aquellos casos en los cuales el tomador del seguro no designa a ningún beneficiario en particular, se debe respetar la prelación establecida por la póliza del seguro de acuerdo al Boletín de Adhesión.

De acuerdo al mismo, el principal beneficiario será el cónyuge supérstite; en segundo lugar, serán los hijos del asegurado por partes iguales. En caso de que ninguna de las dos opciones fuera posible, quienes serían los beneficiarios serían los padres del tomador, por partes iguales, y en su reemplazo los herederos legales del causante.

Gracias a su experiencia en los seguros de vida riesgo, PuntoSeguro es una excelente opción a la hora de contratar un seguro de vida.

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