Cuando un matrimonio decide romper la relación que lo une, debe considerar que el divorcio es la única vía jurídica que permite realmente poner fin a los efectos de dicha unión.
Esta disolución de la institución social suele ejecutarse mediante dos vías. Una de ellas es el divorcio contencioso, cuya extinción del vínculo se lleva a cabo por un juez, quien, por no existir un acuerdo entre las partes, será el que sentencie sus consecuencias. La otra vía es el divorcio de mutuo acuerdo, en el que son los propios cónyuges quienes deciden cómo regular sus relaciones personales y económicas futuras.
En este sentido, el divorcio de mutuo acuerdo, también llamado consensual, lleva aparejadas una serie de ventajas, como la rapidez, ya que es un procedimiento más ágil que el contencioso, y la economía, pues resulta menos costoso. Además, significa una vía menos dolorosa, pues evita o reduce a corto y a largo plazo ciertas situaciones psicológicamente duras, tanto para los cónyuges como, en su caso, los hijos. A ello se suma que comporta una menor incertidumbre, dado que sus consecuencias dependerán de las partes y no del criterio judicial; así como que, por ende, conlleva una mayor probabilidad de cumplimiento de los acuerdos alcanzados.
Dentro de los divorcios de mutuo acuerdo, hay dos tipos. El primero de ellos es aquel que se decreta judicialmente, por haber hijos menores no emancipados o, en su caso, hijos mayores de edad discapacitados y dependientes. En la segunda clase de divorcios consensuales, cuando no se cumple la circunstancia de los hijos dependientes, el divorcio se puede ratificar ante el letrado de la administración de justicia y también en escritura pública ante notario.
En ambos casos, es necesario abordar la negociación de una serie de aspectos que constituyen el contenido esencial del convenio regulador, esto es, el documento, redactado por un abogado, en el que los cónyuges acuerdan las consecuencias personales y patrimoniales del divorcio. Entre los extremos que deberá contener el convenio regulador están el cuidado de los hijos, su guarda y custodia (ya sea exclusiva o compartida) y su régimen de visitas; el destino de los animales de compañía y sus tiempos de convivencia y cuidado; la atribución del uso y disfrute de la vivienda y del ajuar familiar; la fijación de una pensión de alimentos para los hijos y, en su caso, de una pensión compensatoria para alguno de los cónyuges; o la liquidación, cuando proceda, del régimen económico del matrimonio.
Abogados especialistas en divorcios
Dada su importancia, la negociación de los puntos del convenio regulador puede suponer una fuente de conflictos para los miembros de la pareja. En este escenario, conviene contar con un servicio legal de confianza como el que ofrece I.T. Europe, el bufete de abogados dirigido por Pelayo Jardón Pardo de Santayana, especializado en la gestión de divorcios. Sus expertos recomiendan a este respecto tratar de clarificar los objetivos sin caer en emociones o actitudes tóxicas que dificulten la toma de decisiones equitativas. De ahí que resulte positivo plantear objetivos viables, y evitar la polarización o las posiciones excesivamente intransigentes. Se aconseja, pues, aspirar a soluciones transaccionales y tener al menos una idea básica de los preceptos legales y de la jurisprudencia aplicable a los temas principales sobre los que versa el convenio, como, por ejemplo, las condiciones mínimas para que se conceda una custodia compartida, para que se atribuya a uno u otro cónyuge el uso de la vivienda familiar, para que se conceda una pensión compensatoria o alimenticia, etc. En todas estas materias, I.T. Europe asesora e informa a los cónyuges acerca de las disposiciones legales en vigor y de los correspondientes precedentes judiciales.
Una vez que las partes interesadas alcanzan un compromiso, los abogados de I.T. Europe trasladan al convenio todos sus detalles, detalles que han de adecuarse perfectamente a los antecedentes y circunstancias de cada pareja. Por ello, resulta obligado que el convenio regulador que articula el divorcio consensuado no responda a un mero formulario estándar, sino que recoja las particularidades concretas de cada familia, a fin de evitar problemas posteriores a la hora de interpretarlo y de aplicarlo. Un buen convenio regulador es como un “traje hecho a medida” y precisa de buena comunicación, tiempo de reflexión, grandes dosis de empatía y una solvente técnica jurídica.
Gestión profesional en derecho de familia
I.T. Europe abarca también una gestión eficaz en otras áreas del derecho de familia como las medidas paternofiliales (provisionales y definitivas), las custodias compartidas y exclusivas, las declaraciones de desamparo y las tutelas administrativas, los alimentos entre parientes, el derecho internacional de familia (exequátur), el impago de prestaciones económicas y las infracciones de regímenes de custodia. Se trata, en definitiva, de un servicio jurídico que combina especialización y experiencia al servicio de la familia y de la infancia.