Actualmente, muchas personas que tienen contratado un seguro de vida tienen la duda de si estos tipos de seguros están protegidos por el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS).
Esta es una entidad que fundamentalmente se encarga de asumir las indemnizaciones por riesgos extraordinarios que, actualmente, las aseguradoras privadas no cubren.
Para responder a esta pregunta, el comprador de seguros llamado PuntoSeguro, ofrece información relevante al respecto. Su objetivo es despejar las dudas de los que ya poseen un seguro de vida o están pensando en contratar uno y quieren saber si pueden contar con el respaldo y la tranquilidad de estar protegidos por el Consorcio.
¿Qué es el Consorcio de Compensación de Seguros?
El Consorcio de Compensación de Seguros es una entidad pública empresarial española, adscrita al ministerio de asuntos económicos u transformación digital y que opera en el sector asegurador. Su principal función, como ya se ha mencionado anteriormente, consiste en asumir indemnizaciones frente a riesgos las aseguradoras privadas no estañan dispuestas a asumir, como, por ejemplo, en caso de siniestros derivados crisis sociales, conflictos políticos, catástrofes naturales, etc. En otras palabras, el CCS es, en esencia, un coasegurador o reasegurador.
No obstante, para solicitar las indemnizaciones que esta entidad ofrece, es necesario contar con una póliza cuyas coberturas se encuentren dentro de lo que el Consorcio protege. De allí surge la pregunta en muchas personas sobre si los seguros de vida se encuentran dentro de la protección que cubre esta entidad.
¿El CCS protege los seguros de vida?
Según el artículo 4to del Real Decreto 1265/2006 sobre el Reglamento de Riesgos Extraordinarios, los seguros de vida sí están cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros, aunque no siempre ha sido así. De hecho, hasta hace poco, este tipo de seguros no estaban amparados por el CCS, ya que se consideraba que estos no estaban tan expuestos a los riesgos extraordinarios mencionados anteriormente.
No obstante, el impacto y las consecuencias sobre el mercado de seguros y reaseguros que a nivel internacional causaron ciertos eventos extraordinarios sucedidos recientemente en años anteriores, llevaron a la promulgación de esta ley. Es por eso que ahora todas las personas que cuenten con pólizas de vida y de accidentes, que tengan dentro de sus coberturas el fallecimiento u otras complementarias e invalidez en todas sus modalidades, podrán contar con la tranquilidad de estar incluidos en el Consorcio.
En conclusión, hoy en día, los seguros de vida ya están cubiertos por el CCS y, por lo tanto, los asegurados pueden acceder a las indemnizaciones correspondientes ofrecidas por esta entidad. En firmas de correduría digital, como PuntoSeguro, es posible contratar distintos tipos de seguros de vida, con las mejores coberturas y excelentes precios, haciendo que sea aún más fácil y hasta más barato disfrutar de todas las ventajas que ofrece contar con una póliza de este tipo.