La Justicia deniega a Ecologistas suspender de forma cautelar la ampliación de la Línea 11 de Metro de Madrid
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha acordado denegar la suspensión cautelar de las obras de construcción de la ampliación de la línea 11 del Metro de Madrid, solicitada por Aedenat-Ecologistas en Acción, para detener la tala de árboles en los parques de Arganzuela y de Comillas (Carabanchel).
La confederación ecologista solicitó el lunes al TSJM la medida de cautelarísima ‘inaudita parte’ de suspensión inmediata de las obras para evitar la tala de más de 500 ejemplares en las dos zonas verdes que sufren un mayor impacto en las obras de prolongación del suburbano.
El TSJM ya denegó las medidas cautelares inicialmente solicitadas, con argumentos como que el inminente peligro de tala no era real, pero, ahora, Aedenat-Ecologistas en Acción alegaba que “la tala de los árboles que se está produciendo compromete la resolución de la sentencia”, ya que en el caso de ser favorable y darle la razón sobre la ilegalidad del procedimiento, será “inútil”, si el daño ya se ha producido.
DENEGACIÓN TALA DE ÁRBOLES
El lunes pasado comenzó la tala de árboles en los parques de Arganzuela y Comillas, las dos zonas verdes que sufren un mayor impacto debido a las modificaciones realizadas por la Consejería de Transportes de la Comunidad de Madrid respecto al proyecto originalmente sometido a evaluación ambiental e información pública.
El auto de la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM, fechado el 12 de diciembre y al que ha tenido acceso Efe, se da por “sentado” que concurren en este caso circunstancias de urgencia, debido “al inminente comienzo, ahora sí -no en el pasado mes de febrero cuando se solicitó por la misma parte actora sin fundamento alguno- de las obras de ampliación de la línea 11 de Metro, y se señala que es ahora cuando tiene que resolver la procedencia o no de adoptar la medida cautelar solicitada.
En este caso, señala la resolución judicial, la petición de la asociación recurrente es “idéntica” a la formulada en su día y ya resuelta, en sentido denegatorio, en un auto del 3 de mayo de 2023.
La asociación recurrente apunta que se habría producido una modificación del Proyecto Constructivo inicialmente aprobado y que este se habría enviado en el mes de julio de 2023 por la Dirección General de Infraestructuras del Transporte Colectivo a la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular para el inicio del procedimiento de evaluación ambiental simplificada del mismo; un documento en relación con el cual, dice la actora, también habría formulado alegaciones en vía administrativa, lo que indicaría, en todo caso, que dicha modificación, de ser tal, del Proyecto originario e impugnado en estos autos, ni siquiera sería definitivo”, explica el auto.
“Por todo ello y pese a su cita como antecedente en el escrito de solicitud de tutela cautelar, la Sala no puede tomar en consideración tal documento, posible Modificado de 2023, pues no es objeto de impugnación en el proceso principal del que dimana este incidente”, expone.
Entiende, además, que el inicio en este mes de diciembre de las obras de ejecución de la ampliación de la citada línea de Metro sigue encontrando su acomodo en el Proyecto de Construcción que, junto con otras resoluciones, sí es impugnado en este proceso; esto es, el aprobado por Resolución de 25 de noviembre de 2021, de la Consejería de Transportes e Infraestructuras.
Y concluye que los argumentos esgrimidos por la asociación recurrente para apoyar esta nueva solicitud de tutela cautelar sobre la suspensión de la ejecución de las obras de ampliación son “una mera reproducción, con mayor o menor detalle, de los articulados en la misma petición formulada a esta Sala el pasado mes de febrero de 2023 y que fueron definitivamente rechazados en su anterior auto de 3 de mayo siguiente.