Madrid pide a la justicia que ratifique las restricciones en las ZBS

La Fiscalรญa de la Comunidad de Madrid ha remitido un escrito al Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) en el que solicita que se ratifiquen las medidas sanitarias acordadas por la Consejerรญa de Sanidad de carรกcter “temporal” y “excepcional” para que por razones de salud pรบblicas se restringiera la movilidad en cinco Zonas Bรกsicas de Salud (ZBS) de la regiรณn, han informado fuentes fiscales.

En concreto, el letrado de la Comunidad de Madrid se interesaba por la ratificaciรณn de medidas de carรกcter temporal que afectan al derecho fundamental a la libre circulaciรณn que van desde el 9 de mayo, fecha en que decae el estado de alarma, hasta las 00.00 hora del 17 de mayo “sin perjuicio de su prรณrroga si la situaciรณn epidemiolรณgica lo aconseje.

La solicitud iba acompaรฑada de un informe de la Consejerรญa de Sanidad, fechado el pasado 20 de abril, de situaciรณn y justificaciรณn de la necesidad de mantener medidas de control de la transmisiรณn en cinco Zonas Bรกsicas de Salud de la Comunidad una vez finalizado el estado de alarma: Daroca, Vicente Muzas, Las Ciudades, Las Rozas y Reyes Catรณlicos.

La Fiscalรญa reitera los argumentos expuestos en ocasiones anteriores sobre la limitaciรณn que el derecho a la libertad de circulaciรณn experimenta ante el derecho a la vida y a la salud y la necesidad de evitar la “continua” utilizaciรณn del estado de alarma “que debe ser la รบltima ratio para cuando las comunidades autรณnomas no ejerzan indebidamente sus propias competencias y la gravedad de la crisis lo exija.

Asรญ, explica que ante la peticiรณn de ratificaciรณn de unas determinadas medidas sanitarias, como es en este caso el cierre de cinco Zonas Bรกsicas de Salud, “no puede valorarse la oportunidad ni la eficacia directa de la medida ni su trasfondo social y econรณmico”, sino si los informe de la Administraciรณn permiten fundar un juicio de “proporcionalidad” y “necesidad” de la medida.

NECESIDAD DE SEGUIR CON LIMITACIONES

De ahรญ que para justificar su postura subraye que dichos informes arrojan “sin ninguna duda” que las cifras aportadas “son relevadoras de la necesidad de continuar con la limitaciรณn de la movilidad en la ZBS identificadas”.

El escrito remitido por la Fiscalรญa al TSJM detalla que las zonas bรกsicas de salud, a fecha 30 de abril de 2021, con mayor incidencia acumulada (IA) figura Daroca con 514,6 casos/100.000 habitantes y cuyo hospital de referencia, La Princesa, presenta un aumento de ingreso hospitalario de entre 12-20 por ciento y una ocupaciรณn en UCI del 53 por ciento.

Tambiรฉn menciona la zona de Vicente Muzas (518,8 IA y 40 por ciento de ocupaciรณn UCI en el hospital Ramรณn y Cajal); de Las Ciudades (511,3 IA y 38 por ciento ocupaciรณn UCI en hospital de Getafe); de Las Rozas (511,3 IA y 30 por ciento ocupaciรณn UCI en el hospital Puerta de Hierro) y Reyes Catรณlicos (500, 6 IA y 93 por ciento ocupaciรณn UCI en el hospital Infanta Sofรญa).

La incidencia acumulada en estas cinco zonas es superior a la media de la Comunidad (404 casos/100.000 habitantes). Segรบn el escrito de la Fiscalรญa, que usando la misma metodologรญa que durante la segunda, tercera y cuarta ola de Covid-19, se han ido adoptando medidas mรกs restrictivas con carรกcter temporal en funciรณn del riesgo de transmisiรณn.

En el caso de Madrid se fijรณ un criterio tรฉcnico de una incidencia acumulada superior a los 500 casos por cada 100.000 habitantes para la adopciรณn de medidas de limitaciรณn de la movilidad.

Por รบltimo, la Fiscalรญa expresa una vez mรกs la “conveniencia” de crear previsiones normativas expresas “con sujeciรณn a las garantรญas constitucionales” de cara a dotar de mayor “seguridad jurรญdica” en la adopciรณn de este tipo medida.

Sin embargo, recuerda que el juicio sobre su necesidad y concreto cauce normativo y constitucional corresponde al legislador, “y quien debe hacer en su caso los planteamientos oportunos, desde la unificaciรณn de criterios, es la Sala Tercera del Tribunal Supremo”.