Los vehículos contaminantes que circulen por Madrid serán vigilados por el cuerpo de agentes de movilidad. Los ‘malos humos’ de estos coches serán detectados por 148 agentes que trabajarán por turno en diferentes puntos de la capital. Los agentes de la autoridad podrán comprobar las emisiones del tubo de escape y la adecuación de sus sistemas de anticontaminación, levantando acta de la intervención que será notificada al conductor.
Tras las inspección visual de los agentes a los vehículos que tengan indicios evidentes de emisiones excesivas, se requerirá al titular que presente el vehículo a inspección en el plazo de un mes en los centros autorizados para la inspección técnica de vehículos. Si una vez pasados 30 días, el propietario no somete el vehículo a la ITV será multado con una sanción de hasta 750 euros. Si el requerimiento de los agentes de la autoridad se hubiera producido durante la vigencia de un episodio de contaminación, no pasar la ITV sería una infracción grave que podría suponer una multa de hasta 1.500 euros. La negativa absoluta, resistencia u obstrucción a la actividad de inspección o control que impida su realización supondrá una infracción muy grave penalizada con hasta 3.000 euros.
El lugar elegido para comenzar esta nueva misión anticontaminación será la plaza Elíptica, la zona de Madrid que registra los peores datos de contaminación y que será la primera zona de bajas emisiones de Madrid. El tráfico rodado constituye la principal fuente emisora y generadora de contaminación de la capital.
El delegado de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Madrid, Borja Carabante ha recordado que “es preciso reforzar el control sobre las emisiones de los motores de combustión, contribuir a la mejora tecnológica y promover otros modos sostenibles como el transporte público, la bicicleta y la movilidad peatonal para conseguir un cambio de modelo de ciudad”.
LOS AGENTES PODRÁN INMOVILIZAR LOS VEHÍCULOS
Los agentes podrán inmovilizar un vehículo, tal y como recoge el artículo 31 de la ordenanza, si se superan los niveles máximos permitidos de emisión de gases y humos, sobre todo si se hubieran activado las medidas de actuación en episodios de contaminación y mientras no se hayan subsanado las causas del incumplimiento. También serán motivo de paralización del vehículo las situaciones en las que los humos puedan dificultar la visibilidad a otros conductores.
Si se llega a la situación extrema de que el vehículo sea trasladado al depósito, se podrá recuperar cuando se suscriba el documento de compromiso de reparación, de nueva presentación del mismo debidamente corregido ante un centro de inspección autorizado y de no circular hasta que la inspección sea favorable.
Este control es una de las nuevas medidas instauradas por la nueva Ordenanza de Calidad del Aire y Sostenibilidad (OCAS), aprobada el pasado mes de marzo. Esta nueva normativa, que incluye la estrategia Madrid 360, trata de mejorar de la calidad del aire, de reducir la contaminación, de impulsar la eficiencia energética y de fomentar de la electromovilidad.