El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) obliga en una resoluciรณn al Ayuntamiento de Madrid a retirar las placas a los histรณricos socialistas Indalecio Prieto y Francisco Largo Caballero Largo Caballero.
En un auto, los magistrados estiman de forma parcial los recursos interpuestos por el Ayuntamiento de Madrid y por la representaciรณn procesal de la Asociaciรณn Reivindicativa de la Memoria Histรณrica Raรญces contra el auto dictado el pasado enero por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo relativa a la pieza de medidas cautelares solicitadas por el sindicato UGT.
De este modo, la Sala procede a revocar รบnicamente en el particular relativo a la procedencia de suspender el acuerdo impugnado en relaciรณn con el cambio de denominaciรณn de las calles Francisco Largo Caballero e Indalecio Prieto Tuero, por resultar este pronunciamiento “disconforme con el ordenamiento jurรญdico“, declarando en su lugar que no ha lugar, en consecuencia, a la adopciรณn de esta medida cautelar.
De igual modo, los magistrados confirman el auto apelado en relaciรณn a la medida de aseguramiento consistente en que la placa conmemorativa de Francisco Largo Caballero de la fachada del edificio de la Junta Municipal del Distrito de Chamberรญ sea custodiada por el Ayuntamiento en condiciones que impidan su mayor deterioro.
La resoluciรณn recoge que “la ejecuciรณn del acto impugnado, en lo que se refiere al cambio de la denominaciรณn de las calles, no produce perjuicios irreparables para la parte recurrente, ni determina o puede determinar la ineficacia del recurso que nos ocupa, de manera que los derechos e intereses de la recurrente ni se daรฑan, ni se perjudican irremediablemente”.
Por el contrario, apunta que se trata de “un acto al que debe atribuirse presunciรณn de legitimidad; adoptado en el seno de una corporaciรณn municipal, en funciรณn del principio de decisiรณn democrรกtica y por el voto de la mayorรญa de sus miembros”.
“La autenticidad de este documento se puede comprobar en ejercicio de competencias propias del municipio y que se hace, segรบn se dice, en aplicaciรณn de una norma jurรญdica con rango formal de ley, que es la que determina las potestades de la Administraciรณn y sus titularidades”, agrega el auto.
En un comunicado, el portavoz de la Asociaciรณn Memoria Histรณrica Raรญces, ha destacado que el Ayuntamiento de Madrid estรก obligado “ahora mismo” a retirar dichas placas con esos nombres pues los actos administrativos son ejecutables y no hay excepciรณn a esa ejecuciรณn.
Ademรกs, ha recordado que el propio Ayuntamiento de Madrid ha defendido judicialmente la ejecutabilidad de dicha retirada, por lo que entiende que “no se explicarรญa que ahora suspendan la retirada de las placas cuando ante los Tribunales han sostenido todo lo contrario.