Propone aplicar el actual periodo de 10 años solo a los casos más graves y siempre cuando la víctima también sea menor
El Gobierno ha incluido en el Plan Normativo para 2022 una modificación de los plazos de cancelación de antecedentes sexuales cuando el condenado es menor de edad al considerar que “en ciertos casos” los 10 años que se aplican en la actualidad son un periodo “desproporcionado.
En el documento, el Ejecutivo asegura que se mantendría ese plazo de 10 años para la cancelación de “los supuestos más graves”. En este sentido, el Gobierno señala que en este grupo estarían todos aquellos delitos en los que las víctimas de la agresión sexual sean menores de edad.
Sin embargo, su intención es que se “gradúen” el resto de plazos, adoptando una “fórmula híbrida”, que combine la gravedad de los delitos cometidos, las medidas impuestas en consecuencia, y los plazos y requisitos que exige el artículo 136 del Código Penal, referente a la obtención de la cancelación de los antecedentes penales.
Desde el Gobierno se propone que estos plazos comiencen a contar desde el día en que el menor hubiera alcanzado la mayoría de edad y siempre que las medidas judicialmente impuestas hayan sido ejecutadas en su plenitud o hayan prescrito.