El auge de las redes sociales ha aumentado la exposiciรณn de fotografรญas y vรญdeos de menores. Esto ha abierto un debate sobre la vigencia del derecho al honor, la intimidad y la propia imagen de los mรกs pequeรฑos.
A su vez, este derecho estรก contemplado por el artรญculo 18.1 de la Constituciรณn Espaรฑola, que limita el uso de la informรกtica.
Segรบn expresa Sara Garcรญa Antรบnez, abogada penalista del despacho TQA Abogados y especialista en casos de ciberacoso, โnunca debe subirse a redes la foto de un menorโ. Esto se debe a que la publicaciรณn de estas imรกgenes expone a los chicos a distintos peligros y, ademรกs, pasan a integrar las bases de datos de compaรฑรญas como Facebook o Instagram de manera perpetua.
ยฟQuรฉ dice la ley sobre el derecho al honor y la intimidad?
La norma que regula estos derechos es la Ley Orgรกnica 1/1982, del 5 de mayo, que garantiza la protecciรณn civil del derecho al honor y la intimidad familiar. A su vez, esta ley hace especial hincapiรฉ al consentimiento de los menores, que solo puede expresarse cuando su capacidad se los permite.
En este sentido, desde TQA Abogados, seรฑalan que hay distintas acciones que se consideran como intromisiones ilegรญtimas. Algunas de ellas son la revelaciรณn de datos privados o la captaciรณn y publicaciรณn de fotografรญas o vรญdeos. Por lo tanto, puede considerarse que los menores de edad cuentan con garantรญas adicionales que limitan la libertad de expresiรณn y comunicaciรณn, y garantizan el derecho al honor, la intimidad y la propia imagen.
En este mismo sentido, la Convenciรณn de los Derechos del Niรฑo de Naciones Unidas indica que los menores no pueden ser โobjeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondenciaโ. De esta manera, la intimidad de los menores se encuentra protegida y no deberรญa ser vulnerada ni en redes sociales ni a travรฉs de los medios de comunicaciรณn tradicionales (prensa escrita, televisiรณn y radio).
ยฟQuรฉ ocurre cuando los progenitores vulneran la intimidad de sus hijos?
Hoy en dรญa, es comรบn ver cรณmo en redes sociales los propios padres exponen a sus hijos en fotografรญas, vรญdeo e incluso campaรฑas publicitarias. Segรบn los especialistas de TQA Abogados, los menores no conocen las implicancias que estas acciones pueden tener en su futuro y, por lo tanto, se encuentran absolutamente desprotegidos.
Ahora bien, desde el punto de vista legal, los derechos de los menores pueden hacerse valer ante los Tribunales, ya que los infractores tienen responsabilidad civil en este tipo de acciones. Esto consta en el artรญculo 156 del Cรณdigo Civil.
Por dudas, consultas o para llevar adelante casos vinculados al derecho al honor, la intimidad y la privacidad, es posible contactar a las especialistas de TQA Abogados, que cuentan con una amplia formaciรณn y experiencia en estos temas.