Juanola Abogados gana dos nuevos casos de tarjetas abusivas

El despacho Juanola Abogados ha logrado, de nuevo, ganar un nuevo caso de tarjetas abusivas revolving contra las entidades financieras. En este caso, el cliente del despacho puso dos demandas por usura y ambos casos han sido resueltos de forma favorable. Con esta nueva sentencia, se mantiene el compromiso de Juanola Abogados con sus clientes en la lucha contra los abusos bancarios y demuestra que sigue siendo posible ganar a las entidades financieras pese a la sentencia del Tribunal Supremo del mes de febrero de este aรฑo.

El juzgado de primera instancia 23 de Barcelona ha emitido una sentencia a favor de un cliente de Juanola Abogados en su demanda contra una entidad financiera por dos contratos revolving. La demanda, presentada en febrero de 2022, se resolviรณ despuรฉs de un proceso ordinario que culminรณ con la sentencia emitida el 12 de mayo de 2023.ย 

En el primer contrato, el cliente firmรณ un contrato por una tarjeta de crรฉdito en 2017 al que inicialmente se le aplicaba una TAE del 28,10 %. Sin embargo, gracias a la pericial aportada por Juanola Abogados, se demuestra que tambiรฉn se habรญa pagado la prima del seguro asociada a la cuenta de crรฉdito, lo que llegรณ a situar la TAE en un 36,09 %.

El segundo contrato presentaba mayor complicaciรณn ya que la TAE informada por la entidad se sitรบa en el 22,11% en el momento de la firma (no superรกndose los 6 puntos de diferencia con la media de tarjetas revolving fijados por la reciente Sentencia del Tribunal Supremo). Sin embargo, al igual que en el primer contrato, se demostrรณ con el informe pericial, que se tuvo que abonar la prima de seguro asociada a la cuenta, y con ello, la TAE llegรณ a situarse en el 30,10%, por lo que se ha logrado que se considere usurario.

La sentencia establece la nulidad de ambos contratos por estipular un interรฉs de carรกcter usurario. Ademรกs, se condena a la entidad financiera a reintegrar a la actora el importe que resulte de sumar todos los pagos que se hayan realizado en virtud del contrato declarado nulo, sin incluir el propio prรฉstamo, incrementados con el interรฉs legal desde la fecha de cada uno de los pagos hasta la fecha de la sentencia. Por รบltimo, la entidad financiera deberรก pagar los costos del juicio.

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