Estas son las nuevas prohibiciones de tabaco

El Consejo de Ministros aprobรณ este martes un nuevo decreto enfocado a la regulaciรณn del tabaco.

En este documento se regulan diversos aspectos relacionados con la fabricaciรณn, presentaciรณn y comercializaciรณn de los productos del tabaco y derivados.

Es por ello que se prohรญbe la venta del tabaco calentado que contenga aromas y se obliga a que en el etiquetado figuren las advertencias de que es perjudicial para la salud.

Una de las mรกs perjudicadas serรก la famosa marca internacional Iqos, que vende productos de tabaco calentado y cigarrillos electrรณnicos sin humo, fabricados por la multinacional Philip Morris. En este caso, los vapeadores no se verรกn afectados por el nuevo decreto.

Se amplรญa asimismo la prohibiciรณn de comercializar productos del tabaco con aroma caracterรญstico o que contengan aromatizantes en sus componentes -filtros, papeles para fumar, envases o cรกpsulas-, o cualquier otra tรฉcnica que permita modificar el olor y sabor de los productos del tabaco, o intensificar el humo a los productos del tabaco calentado. Ademรกs, los filtros, papeles y cรกpsulas no podrรกn contener tabaco ni nicotina.

ETIQUETADO DEL TABACO

Tambiรฉn se retira la excepciรณn de las obligaciones de incluir un mensaje informativo y las advertencias sanitarias combinadas. Por tanto, las unidades de envasado y el embalaje exterior de los productos de tabaco calentado deberรกn incluir el mensaje “El humo del tabaco contiene mรกs de 70 sustancias cancerรญgenas” y las fotografรญas en color especificadas en la biblioteca de imรกgenes del anexo II del Real Decreto 579/2017, de 9 de junio.

El Gobierno transpone asรญ la Directiva Delegada, de 9 de junio, que modifica la Directiva 2014/40/UE en lo que respecta a la retirada de determinadas excepciones aplicables a los productos de tabaco calentado, con el fin de equipararlo a los cigarrillos convencionales. Este decreto entrarรก en vigor en el plazo de tres meses desde su publicaciรณn en el BOE.