El alcalde de Colmenar Viejo, Jorge Garcรญa Dรญaz, ha llamado a los vecinos del municipio a “no relajarse ni un solo instante” para no perder todo lo logrado. Asรญ se ha manifestado el regidor tras conocerse que la tasa del informe semanal de la Consejerรญa de Sanidad ha reflejado 516,50 casos por cada 100.000 habitantes en Colmenar Viejo, lo que “no hace posible revertir las restricciones de la Zona Bรกsica de Salud Norte.
Estas, ha informado el Consistorio, “se mantienen prorrogadas hasta el 22 de noviembre a las 23.59 horas”. “Agradecemos que las autoridades sanitarias hayan comprendido lo que les solicitamos, que no es otra cosa que unos plazos de evaluaciรณn de la situaciรณn menores para que, si los datos mejoran, no sea necesario esperar 15 dรญas a la suavizaciรณn o retirada de unas restricciones que solo la salud justifica”, ha seรฑalado en regidor.
Por ello, continรบa en vigor la prohibiciรณn de entrada y salida de la zona a las personas residentes en la misma, salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por motivos como asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios; cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales o legales o asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educaciรณn infantil, entre otros.
Tambiรฉn son excepciones la realizaciรณn de exรกmenes o pruebas oficiales inaplazables o cualquier otra actividad de anรกloga naturaleza, debidamente acreditada.
Sรญ se permite la circulaciรณn de personas residentes dentro de la zona bรกsicas de salud afectada, siempre respetando las medidas de protecciรณn individual y colectiva establecidas por las autoridades sanitarias competentes, si bien se desaconseja a la poblaciรณn los desplazamientos y realizaciรณn de actividades no imprescindibles.
Para los residentes de fuera de esta zona, estรก permitida la circulaciรณn por los viales de la zona indicada, exclusivamente en vehรญculo, siempre y cuando tengan origen y destino fuera de la misma.
Todos los establecimientos, locales comerciales y servicios abiertos al pรบblico no podrรกn superar el 50 por ciento del aforo permitido y tendrรกn como hora de cierre la legalmente autorizada, no pudiendo superarse en ningรบn caso las 22.00 horas. Esta limitaciรณn horaria no serรก de aplicaciรณn a los establecimientos farmacรฉuticos, mรฉdicos, veterinarios, de combustible para la automociรณn y otros considerados esenciales, entendiรฉndose como tales aquellos que prestan o realizan servicios imprescindibles e inaplazables.
HOSTELERรA Y RESTAURACIรN
Los establecimientos de hostelerรญa y restauraciรณn limitarรกn el aforo al cincuenta por ciento, tanto en espacios interiores como exteriores, no estando permitido el consumo en barra. Las mesas o agrupaciones de mesas deberรกn guardar una distancia de, al menos, 1,5 metros respecto a las sillas asignadas a las demรกs mesas o agrupaciones de mesas, con el objeto de asegurar el mantenimiento de la debida distancia fรญsica de, al menos, 1,5 metros entre las personas sentadas en diferentes mesas o, en su caso, agrupaciones de mesas.
La ocupaciรณn mรกxima serรก de seis personas por mesa o agrupaciรณn de mesas, no pudiendo admitir nuevos clientes a partir de las 23 horas, y tendrรกn como hora de cierre la legalmente autorizada, no pudiendo superarse en ningรบn caso las 24 horas, a excepciรณn de servicios de entrega de comida a domicilio y la recogida de comida por clientes para consumo fuera del local. Estas mismas limitaciones de aforo y horario son aplicables a los establecimientos y locales en donde se desarrollen actividades de juegos y apuestas.
La actividad que se realice en academias, autoescuelas y centros privados de enseรฑanzas no regladas y centros de formaciรณn no incluidos en el รกmbito de aplicaciรณn del artรญculo 9 del Real Decreto-Ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevenciรณn, contenciรณn y coordinaciรณn para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19, podrรก impartirse de forma presencial siempre y cuando no supere una capacidad del cincuenta por ciento respecto al mรกximo permitido, debiendo garantizarse en todo momento el respeto a la distancia de seguridad interpersonal.
Estas medidas serรกn tambiรฉn aplicables a las actividades formativas presenciales del รกmbito de la formaciรณn para el empleo gestionadas y/o financiadas por la Consejerรญa de Economรญa, Empleo y Competitividad.